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Artículo 8.- Música Militar

Artículo 8.1
Categorías:

Se considera una única categoría consistente en la composición de una marcha militar, rapsodia o fantasía militar.
Artículo 8.2
Premios:

Se establece un único premio dotado con 5000 euros, trofeo y diploma.
Artículo 8.3
Presentación de las obras:

Los autores presentarán sus composiciones en Partitura General o Guión-director, así como las particellas correspondientes a los instrumentos por quintuplicado ejemplar. Para la “marcha militar”, caso de presentar este último formato, se indicará la parte de las cornetas en el pentagrama superior, y en los restantes (los que el autor considere necesarios) la melodía, el contrapunto, etc, e indicará la instrumentación de todo el conjunto lo más detalladamente posible.
Artículo 8.4
Instrumentación:

La instrumentación se realizará con arreglo a la siguiente plantilla:

* Flautín
* Flauta 1 y 2
* Oboes 1 y 2
* Requintos
* Clarinetes (principal primeros, segundos y terceros)
* Saxos en Mi b (primero y segundo)
* Saxos tenores en Si b (primero y segundo)
* Saxos barítonos
* Trompas en Mi b o Fa (1ª, 2ª, 3ª y 4ª)
* Trompetas en Do o Si b (primera, segunda, tercera y cuarta)
* Trombones en Do (primero, segundo, tercero y cuarto)
* Fliscornos (primero y segundo)
* Bombardinos en Do o Si b (primero y segundo)
* Bajos en Do o Si b (primero y segundo)
* Caja
* Bombo y platillos
* Cornetas en Si b o Do (opcional en las rapsodias y fantasías).
* Tambores (opcional en las rapsodias y fantasías).
* Para la rapsodia o fantasía militar se podrá emplear, además de los instrumentos señalados anteriormente, timbales, campanas, lira, xilófono, marimba y platos suspendidos.

Artículo 8.5
Valoración de las obras:

Para la concesión del premio se tendrá en cuenta:

* El ritmo y calidad de la música.
* La sonoridad de la instrumentación.
* La originalidad en la composición y adaptación de la obra a las características de la música militar.