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Historial

  • CIAFAM

     

    Con la llegada de los primeros helicópteros al Ejército, comienzan las tareas de formación del personal que forma parte de las tripulaciones, creándose para ello la Oficina de Instrucción de la Unidad de Helicópteros XI en el año 1972.
    Con este precedente y debido la gran demanda de pilotos y mecánicos que produjo la creación de las FAMET. y de sus primeras unidades orgánicas, UHEL. II Y UHEL. V, aconsejó la creación de un centro dedicado íntegramente a la instrucción. Nace así, el 20 de marzo de 1973, por aplicación de la Instrucción General Nº 172-192 de la Dirección General de Organización y Campaña del Ministerio del Ejército, el Centro de Instrucción y Aplicación de las Fuerzas Aeromóviles (CIAFAM.)
    El CIAFAM. es reconocido como Centro de Enseñanza del Ejército de Tierra por Orden Ministerial de 9 de mayo de 1975 (D.O. 107), siendo encargado de las tareas de formación del personal de vuelo y de apoyo, así como de realizar los estudios y ensayos necesarios sobre el empleo de las Fuerzas Aeromóviles.
    Así, en estos primeros años el Centro tenía una doble función, con las siguientes misiones:
    Como Centro de Enseñanza:
    -               Capacitación de pilotos y especialistas.
    -               Unificación de procedimientos y técnicas.
    -               Difusión de información relativa a doctrina, procedimientos, instrucción, seguridad de vuelo y prevención de accidentes.
     Como Centro de Estudios y Ensayos:
    -               Asesorar al mando en relación a materiales docentes, técnicas aeronáuticas y doctrina de empleo.
    -               Estudiar la organización, actuación y empleo, táctico y técnico, de las distintas Unidades de las FAMET.
    -               Informar sobre las condiciones generales que debe cumplir el material y equipo, proponiendo modificaciones, bajas o adopción de nuevos modelos.
    -               Cooperar en la redacción de los Reglamentos Tácticos.
    Por Orden del 16 de febrero de 1976 (D.O. 42) y por aprobación del reajuste de plantillas para las FAMET. de 1 de enero, se confirma en vacante de profesorado a todos los efectos a la plantilla del CIAFAM.
     
    OH-58
  • Centro de Enseñanza de las FAMET (CEFAMET)

    En 1976 pasa a denominarse Centro de Enseñanza de las FAMET. (CEFAMET.), por Orden de 14 de junio (D.O. 136), como adaptación a la nueva estructuración de la Enseñanza Militar, siendo su dependencia:
    -               De la Jefatura de las FAMET., como el resto de Unidades de estas Fuerzas, orgánica. 
    -               De la Dirección de Enseñanza, de la Jefatura Superior de Personal del Ejército, en su aspecto facultativo y de administración de los fondos de enseñanza.
    -               De la Jefatura de la Base Principal de las FAMET, en los aspectos de régimen interior y coordinación de vuelos.
    Por Orden Ministerial de 1 de julio de 1976 (D.O. 175, publicado en B.O.E. núm. 173) se aprueba el Reglamento para el Servicio y Régimen Interior del Centro de Enseñanza de las FAMET., que consta de 35 artículos recopilados en cuatro capítulos: Disposiciones Generales, Misiones y Actividades, Organización y Servicios.
    Dicho Reglamento queda ampliado por O.M. de 22 de abril de 1977 (D.O. 99, publicado en B.O.E. núm. 104 de 2 de mayo), creándose, dentro del CEFAMET., una Unidad de Encuadramiento de Alumnos para dirigir la instrucción militar no específicamente técnica y el régimen escolar de internado en los aspectos de moral y de disciplina.
    La Instrucción General 179/21 de la División de Organización del Estado Mayor del Ejército, de 28 de noviembre de 1979, sobre reorganización de las FAMET., asigna al Centro de Enseñanza las siguientes misiones:
    -               Capacitar y mantener técnicamente al personal del Ejército de Tierra para desempeñar eficazmente las misiones específicas que le puedan corresponder en las FAMET.
    -               Realizar estudios y experiencias relacionados con los medios de las FAMET.
    -               Asesorar e informar al Mando de las FAMET. sobre cuantos temas se relacionen con helicópteros (doctrina de empleo, técnicas y procedimientos, seguridad de vuelo, etc.)
    -               Proponer el sistema de selección y los programas para la formación de personal y la adquisición de material.
    -               Cooperar en la redacción de Reglamentos y difundir entre las Unidades de las FAMET. cuanta información relacionada con el material determine la Jefatura de éstas.
    Se aprueba el nuevo Reglamento para el funcionamiento del Centro de Enseñanza de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra, por Orden Ministerial 44/80 de 10 de octubre de 1980 (D.O. 242, publicado en el B.O.E. núm. 252 de 20 de octubre), como consecuencia de “El tiempo transcurrido y la evolución de las técnicas y los medios utilizados por las Fuerzas Aeromóviles del ET., aconsejan una actualización del reglamento de su Centro de Enseñanza, acorde con las directrices marcadas por la Dirección de Enseñanza de la Jefatura de Personal del Ejército, para los Centros de Enseñanza, así como por las instrucciones particulares establecidas por la Jefatura de estas Fuerzas”.
    Como consecuencia de la reorganización del Ejército de Tierra del año 1988 y en virtud de lo señalado en la I.G. 4/88 de la 5ª División del EME., el Centro de Enseñanza de las FAMET pasa a ser un Órgano Logístico Central de Enseñanza, dependiente orgánicamente de esa Dirección de Enseñanza y adscrito a las FAMET.
    En la I.G. 3/91 (actualizada 93) de la División de Planes y Organización del EME. Se asignan al CEFAMET. las siguientes misiones:
    -               Impartir cursos de perfeccionamiento en su área específica.
    -               Capacitar y mantener al personal del Ejército para desempeñar las misiones específicas de las FAMET.
    -               Realizar estudios y experiencias relacionados con los medios de las FAMET y su empleo.
    -               Asesorar e informar sobre temas que se relacionen con helicópteros (doctrina de empleo, técnicas y procedimientos, seguridad de vuelo, etc.)
    -               Proponer el sistema de selección y los programas para la formación perfeccionamiento del personal.
    -               Evaluar y realizar las correspondientes propuestas de adquisición o modificación de material.
    -               Cooperar en la redacción de Reglamentos y difundir entre las Unidades de las FAMET. información relacionada con el material (vuelo, empleo o seguridad).
    Bravo
  • Centro de Enseñanza de Helicópteros (CEFAMET)

    Por aplicación de la Instrucción del Jefe del Estado Mayor del Ejército 302/1998, de 11 de noviembre (B.O.D. núm. 225 de 18 de noviembre), sobre Normas de Organización y Funcionamiento del Ejército de Tierra, a partir del 31 de diciembre de 1998 la Unidad pasa a denominarse Centro de Enseñanza de Helicópteros, manteniendo el acrónimo de CEFAMET. (Anexo A, apéndice A-1, página 7, de la Instrucción 302/1998).
    Por resolución 562/16421/98 (código informático 1998012570), de 16 de diciembre de 1998 P.D. (Orden 121/1993 de 23 de diciembre), del TG. JEME., en virtud de lo establecido en la Norma General 2/1998, de desarrollo de la Instrucción 268/1997 “Adaptaciones Orgánicas”, dictada en aplicación de las atribuciones que confiere al Teniente General JEME. el artículo 48 de las Normas de Clasificación y Provisión de Destinos del Personal Militar Profesional, aprobadas por O.M. 120/1993 de 23 de diciembre, se destina a todo el personal del Centro de Enseñanza de las FAMET. al Centro de Enseñanza de Helicópteros, Colmenar Viejo (Madrid).
    Según Instrucción 59/05, del Jefe de Estado Mayor del Ejército sobre Normas de Organización y Funcionamiento del Ejército de Tierra, los Centros Docentes Militares, dependen de la Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación, y son los responsables de impartir las enseñanzas necesarias para la formación y perfeccionamiento del personal militar
    Se produce una reorganización de la plantilla del Centro reflejada en la Norma General 02/08 de “Adaptaciones Orgánicas del Ejército de Tierra durante el segundo semestre del año 2008”.
    Según mensaje de JCISAT 530/SETEC/CEST 081880526571, de fecha 06 de Octubre de 2008, se ratifica el nombre corto del Centro como “CEFAMET”.
    Según mensaje de DIEN clasificado DL Nª256/P de fecha 21/06/11, el MPLTO del Centro de Enseñanza de Helicópteros del ET (CEFAMET) es el YV314.
    Según Instrucción 70/2011, del Jefe de Estado Mayor del Ejército sobre Normas de Organización y Funcionamiento del Ejército de Tierra, en su Artículo 57, puntos 3 y 14, los Centros Docentes Militares, dependen de la Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación, y son los responsables de impartir las enseñanzas necesarias para la formación y perfeccionamiento del personal militar.
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